Despojo y agua: endurecer penas no basta

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Querétaro, Qro.- La expresión “cártel inmobiliario” tiene fuerza política, pero no constituye por sí misma un delito. Por eso la iniciativa presentada por la diputada Claudia Díaz Gayou debe revisarse a partir de las conductas concretas que pretende sancionar.

La propuesta plantea adicionar el artículo 220 Bis al Código Penal del Estado de Querétaro y contempla sanciones más severas para actos relacionados con despojo, uso ilícito del agua, manipulación de permisos, catastros y uso de suelo, además de responsabilidades para servidores públicos que participen o faciliten esas conductas.

El Código Penal ya contempla delitos

Querétaro ya sanciona el despojo y determinadas conductas relacionadas con el uso ilegal de aguas. Por eso la discusión legislativa no puede reducirse a presentar la reforma como si esas prácticas fueran hoy completamente ajenas al Código Penal.

La pregunta central es qué nuevas hipótesis pretende incorporar la iniciativa, cuáles serían sus elementos específicos y cómo evitaría duplicidades con delitos ya existentes.

Penas mayores no sustituyen una investigación

La iniciativa menciona sanciones que, según el delito y las circunstancias, podrían alcanzar hasta 50 años de prisión, además de multas, destitución e inhabilitación para servidores públicos involucrados.

Sin embargo, aumentar la pena no resuelve por sí mismo el problema de investigación. Para acreditar una red de despojo, manipulación de permisos o uso de prestanombres se requieren documentos, actos concretos, participación individual y evidencia que permita atribuir responsabilidades.

El agua exige precisión

La propuesta también incluye conductas vinculadas con extracción, aprovechamiento, distribución o comercialización ilegal del agua. Ese punto requiere particular precisión porque en materia hídrica existen competencias federales, estatales y municipales.

El Congreso tendrá que definir claramente qué conducta correspondería perseguir a la autoridad estatal y cómo se relacionaría el nuevo tipo penal con las disposiciones ya existentes.

Servidores públicos y permisos

Uno de los puntos relevantes de la iniciativa es reforzar la responsabilidad de servidores públicos que participen, faciliten o sean cómplices de operaciones ilegales relacionadas con patrimonio inmobiliario, permisos o catastros.

Pero la responsabilidad penal exige probar más que la existencia de una firma o un trámite: debe acreditarse la conducta atribuida a cada persona, su participación y los elementos previstos por la ley.

El debate, por tanto, no debería quedarse únicamente en cuántos años de prisión propone la reforma. También debe explicar qué cambia respecto del marco vigente, cómo se investigarán esas conductas y qué herramientas permitirán seguir documentos, permisos, beneficios y posibles prestanombres.

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