Quién puede cerrar una calle, cobrar por estacionamiento especial o desfilar — y el municipio que no quiso mostrar a quién se los otorgó
Colón, Qro.- El uso temporal del espacio vial público no es un derecho que cualquier persona pueda ejercer de manera unilateral. Cuando un comerciante necesita cerrar una calle para una maniobra de carga, cuando un vecino quiere organizar un desfile, cuando una empresa realiza una obra que afecta la circulación o cuando alguien solicita un estacionamiento reservado temporal, ese uso del espacio público requiere una autorización formal de la autoridad de tránsito municipal.
Esa autorización no es un trámite menor: define quién puede usar el espacio de todos durante cierto tiempo, bajo qué condiciones, y si ese uso genera un cobro al beneficiario.
Cuando el registro de esos permisos no es público, el sistema de autorizaciones de uso de vía pública se convierte en uno de los espacios más susceptibles al trato diferenciado y a los cobros discrecionales en la función de tránsito.
Porque sin ese registro, nadie puede saber si los permisos se otorgan con criterios uniformes o si hay solicitantes que los obtienen con facilidad mientras otros enfrentan negativas sin fundamento claro, ni si los cobros asociados a cada permiso corresponden al tabulador vigente o varían según quién solicita.
En abril de 2026, como parte de la auditoría ciudadana que Voz y Testimonio realiza al municipio de Colón, Querétaro, se presentó la solicitud OAAZ-COLÓN-2026-05-092, que pide el registro completo de todas las autorizaciones y permisos otorgados por Tránsito Municipal durante el ejercicio 2025.
¿Qué se pidió?
La solicitud fue directa y cubrió doce campos por cada permiso otorgado durante el año. El primero fue el folio del permiso — el identificador único que permite rastrear cada autorización.
El segundo fue la fecha de solicitud. El tercero fue la fecha de autorización — cuyo cruce con la fecha de solicitud permite calcular los tiempos de respuesta y detectar si hay permisos que se otorgan en horas mientras otros esperan semanas sin justificación.
El cuarto fue el solicitante — con datos testados si son persona física, pero identificable en los aspectos administrativos relevantes. El quinto fue el tipo de permiso: cierre vial, desfile, obra en vía pública, evento, maniobra de carga y descarga extraordinaria, estacionamiento reservado u otro. El sexto fue la ubicación. El séptimo fue la fecha y horario autorizado.
El octavo fue el fundamento normativo de la autorización. El noveno fue la autoridad que autorizó — el cargo del funcionario que firmó el permiso, dato que permite saber si hay una instancia formal que revisa las solicitudes o si cualquier funcionario puede otorgarlas unilateralmente.
El décimo fue si el permiso generó un cobro y, en ese caso, el monto y el número de recibo oficial emitido. El undécimo fueron las condiciones impuestas — las restricciones o requisitos que el área de tránsito estableció para el uso autorizado.
El duodécimo fue el estatus del permiso — si se usó conforme a lo autorizado, si fue modificado, si fue revocado o si el solicitante no lo utilizó.
Como documentación complementaria se solicitaron los formatos oficiales de solicitud, los lineamientos aplicables, las resoluciones emitidas y los recibos oficiales de los cobros cuando apliquen.
El municipio de Colón no respondió.
Con este noveno silencio consecutivo sobre el sistema de tránsito municipal de Colón, la auditoría cierra prácticamente todos los aspectos auditables de esa función sin haber recibido una sola respuesta. Nueve solicitudes. Nueve silencios.
El silencio sobre los permisos de uso de vía pública tiene una dimensión económica y de equidad que merece señalarse. Si el municipio cobra por otorgar ciertos permisos — como es habitual en cierres viales para eventos o estacionamientos reservados — ese cobro debería estar respaldado por un tabulador público y un recibo oficial. Sin el registro de permisos y sus cobros asociados, no hay manera de saber si esa recaudación llega al erario municipal o si se gestiona de manera informal. Y sin la lista de quién recibe permisos y bajo qué condiciones, el espacio vial público puede estar siendo distribuido de manera inequitativa entre quienes tienen acceso a los funcionarios que los otorgan y quienes no lo tienen.
En Colón, las calles son de todos. Quién puede cerrarlas temporalmente, cuánto paga por hacerlo y bajo qué condiciones debería ser información pública. El municipio prefirió que no lo fuera.
Solicitud: OAAZ-COLÓN-2026-05-092 · Municipio de Colón, Qro. · Abril 2026












