la pregunta que define si su corporación puede operar legalmente
Colón, Qro.- En México, la evaluación de control de confianza no es una opción que los cuerpos policiales municipales puedan considerar o ignorar según su conveniencia — es una obligación legal establecida en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Un elemento policial que no ha sido evaluado o que no aprobó esa evaluación no debería estar en servicio activo. La razón es simple: el control de confianza es el mecanismo institucional diseñado para verificar que quienes portan un arma y ejercen autoridad en nombre del Estado no tienen vínculos con el crimen organizado, no presentan adicciones activas que comprometan su desempeño y tienen el perfil psicológico y ético mínimo para ejercer la función policial. Cuando esa evaluación no se realiza, no se completa o sus resultados no se hacen públicos, los ciudadanos no tienen manera de saber si la persona que los detiene, los auxilia o los protege cumple con los requisitos básicos para hacerlo.
En abril de 2026, como parte de la auditoría ciudadana que Voz y Testimonio realiza al municipio de Colón, Querétaro, se presentó la solicitud OAAZ-COLÓN-PM-2026-05-052, dirigida a la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, que pide el estado de certificación de la corporación policial durante el ejercicio 2025.
¿Qué se pidió?
La solicitud fue concisa y directa, con cinco indicadores concretos que juntos permiten conocer en términos precisos el estado de certificación de la corporación: el número total de policías evaluados durante 2025, el número de evaluaciones de control de confianza realizadas en el periodo, el número de elementos que aprobaron, el número de elementos que no aprobaron y el número de evaluaciones pendientes — es decir, elementos que aún no han sido sometidos al proceso.
Esos cinco números, presentados en una base de datos en Excel o CSV, son suficientes para responder la pregunta más urgente que los ciudadanos de Colón deberían poder hacerse sobre su corporación policial: ¿qué porcentaje de los policías que operan en el municipio está certificado? ¿Hay elementos en servicio activo que no aprobaron el control de confianza? ¿Existe una proporción significativa de la corporación que aún no ha sido evaluada?
Complementando esa base de datos, la solicitud pidió los documentos que acreditan los convenios con los centros evaluadores autorizados — que en el estado de Querétaro es el Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza (CEECC). Esos convenios son los que demuestran que el municipio tiene un acuerdo formal y vigente para que sus elementos sean evaluados, y que el proceso no se ha suspendido o diferido por falta de gestión administrativa.
El municipio de Colón no respondió.
Ese silencio sobre las certificaciones policiales es, junto con el estado de fuerza (solicitud 50) y las altas y bajas (solicitud 51), uno de los tres silencios más graves que la auditoría ciudadana ha documentado sobre la corporación policial de Colón. Y es el más grave de los tres, porque sus implicaciones no son solo administrativas — son de legalidad y de seguridad pública directa.
Si el municipio de Colón tiene elementos en servicio activo que no aprobaron el control de confianza o que aún no han sido evaluados, esos elementos están operando fuera del marco legal del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Eso no es una irregularidad menor que se resuelve con un oficio — es una falla estructural que puede tener consecuencias directas sobre la integridad de la corporación, sobre la legalidad de sus actuaciones y sobre la seguridad de los ciudadanos que interactúan con ella.
Publicar los resultados agregados de las evaluaciones de control de confianza —sin datos personales, solo los totales de aprobados, no aprobados y pendientes— no revela información táctica ni compromete la seguridad operativa de ningún elemento. Es exactamente el tipo de información que la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública considera de acceso público. El municipio de Colón prefirió el silencio.
Esa decisión es, por sí sola, una señal de alerta.
Solicitud: OAAZ-COLÓN-PM-2026-05-052 · Municipio de Colón, Qro. · Abril 2026












