El convenio modificatorio establece 110 días en una cláusula y 111 en sus antecedentes; el formato público aseguró que la modificación no existía.
La ampliación del alumbrado público en Carretera Federal 120 fue adjudicada directamente a Jorge Antonio Sosa Reséndiz por:
- $1,720,421.01 sin IVA.
- $1,995,688.37 con IVA.
- Plazo original de 90 días.
La obra tuvo el convenio:
MTQ.SOP.FAISMUN2025.AD.2025.15.01
Pero el formato trimestral indicó que no se realizaron convenios modificatorios.
Contradicción dentro del instrumento
Un antecedente señala un plazo final de:
111 días naturales.
La cláusula que formalmente modifica el contrato establece:
110 días naturales.
El periodo del 1 de agosto al 18 de noviembre corresponde a 110 días contados inclusivamente.
La diferencia de un día impacta:
- Vencimiento.
- Cálculo de demora.
- Penas convencionales.
- Vigencia de las garantías.
- Fecha del aviso de terminación.
Soporte técnico no identificado
Por tratarse de alumbrado en una carretera federal, la respuesta debía permitir localizar, cuando fueran aplicables:
- Permisos de la autoridad carretera.
- Proyecto eléctrico.
- Coordinación con CFE.
- Memoria de cálculo.
- Especificaciones de luminarias.
- Pruebas de aislamiento y tierra.
- Planos definitivos.
- Acta de energización.
El formato volvió a utilizar la factura del anticipo como avance físico, avance financiero y factura.











