Tequisquiapan, Qro.- Una jueza federal volvió a frenar cualquier intervención sobre el predio vinculado al proyecto Vivienda para el Bienestar en Tequisquiapan, al conceder una suspensión provisional dentro de la ampliación de una demanda de amparo.
La medida impide, por ahora, realizar obras o modificaciones sobre el terreno controvertido mientras continúa el juicio.
De acuerdo con la resolución referida, la jueza advirtió de manera preliminar una posible afectación a derechos agrarios y señaló que se pretende dar al predio un destino distinto al que habría sido establecido originalmente por la asamblea ejidal.
El registro ya terminó
La nueva resolución aparece después de que habitantes acudieron a registrarse en el programa federal Vivienda para el Bienestar. El proceso de inscripción, sin embargo, no significa que el predio ya esté jurídicamente liberado.
Voz y Testimonio ya había documentado que el registro avanzó mientras la ubicación definitiva de las viviendas seguía sin estar públicamente resuelta.
¿Qué pasa con quienes se registraron?
Ésa es ahora la pregunta central. El registro puede seguir teniendo valor como padrón de personas interesadas o potencialmente elegibles, pero no garantiza por sí mismo que las viviendas puedan construirse en el terreno actualmente litigado.
Si la resolución definitiva impide utilizar ese predio, el proyecto necesitará otro inmueble jurídicamente viable, con disponibilidad efectiva, condiciones técnicas y autorizaciones suficientes para poder materializar las viviendas.
Por eso, afirmar desde ahora que “no habrá viviendas” iría más allá de lo acreditado. Lo que sí puede sostenerse es que no pueden construirse en ese terreno mientras subsista la suspensión y que, si el amparo prospera, las autoridades necesitarán otra ubicación para concretar el proyecto.
Lo acreditado y lo pendiente
Acreditado: hubo registro al programa; existe un litigio sobre el predio; y una suspensión provisional impide actualmente modificar el terreno controvertido.
Pendiente de comprobar: si el municipio ya cuenta con otro predio jurídicamente disponible, si éste ha sido validado técnicamente y si las personas registradas conservarán su lugar en el proceso en caso de cambiar de terreno.
Pregunta abierta: ¿el padrón levantado para Vivienda para el Bienestar seguirá vigente si el proyecto debe trasladarse a otra ubicación?











