Pedir obras en Tequisquiapan terminó en amparo

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Una solicitud presentada el 23 de febrero para conocer contratos, expedientes de obra, convenios modificatorios y soportes de gasto de 2024 y 2025 terminó en el juicio de amparo 657/2026. Tras una sentencia federal, el Municipio entregó información en junio, pero dentro de su propia respuesta reconoció que no pudo localizar archivos correspondientes a los primeros tres trimestres de 2024.

De una solicitud de transparencia a un juzgado federal

TEQUISQUIAPAN, Qro.— Lo que comenzó como una petición para revisar contratos y obra pública municipal terminó convertido en un expediente de 149 páginas ante un Juzgado de Distrito.

El 23 de febrero de 2026 fue presentada la solicitud OAAZ-TEQ-UT-2026-02-20-034, dirigida al Municipio de Tequisquiapan. El objetivo era obtener información que permitiera reconstruir las contrataciones y obras públicas realizadas durante 2024 y 2025.

La petición no se limitaba a conocer nombres de obras o montos globales. Se solicitaron las bases correspondientes al artículo 66, fracción XXVII, una base consolidada de contratos, información de adjudicaciones directas e invitaciones restringidas, convenios modificatorios y expedientes de obra con los documentos que permitieran seguir el ejercicio del recurso público.

Entre los elementos requeridos estaban contratos, estimaciones, bitácoras, CFDI, comprobantes de pago y demás documentación soporte. Posteriormente, dentro del propio juicio, la parte solicitante sostuvo que la petición requería información de los cuatro trimestres de 2024 y los cuatro de 2025, además de expedientes y bases en formatos abiertos.

El silencio llevó el asunto al amparo

Ante la falta de una respuesta que atendiera la petición, el asunto llegó al Poder Judicial de la Federación. El 6 de abril de 2026, el Juzgado Primero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en Querétaro recibió y admitió la demanda que quedó registrada como juicio de amparo indirecto 657/2026.

El expediente identifica como acto reclamado la falta de respuesta a la petición dirigida al Municipio. El 21 de mayo llegó el punto decisivo: el Juzgado dictó sentencia y concedió la protección federal respecto de la Unidad de Transparencia. De acuerdo con las constancias posteriores incorporadas al expediente, la autoridad quedó obligada a emitir una respuesta congruente, completa y rápida respecto de la solicitud 034.

Es decir, el conflicto ya no era solamente administrativo. Había una sentencia federal ordenando contestar.

El Municipio respondió después de la sentencia

El 2 de junio de 2026, la Unidad de Transparencia emitió el oficio UT/687/2026.

En él señaló que entregaba información correspondiente a:

“BASE CONSOLIDADA DE CONTRATOS (Art. 66 Frac XXVII) 2024-2025 COMPLETA + EXPEDIENTES DE OBRA + CONVENIOS MODIFICATORIOS”.

La respuesta remitió además a los oficios SOP/265/2026 y SASIRHMTM/287/2026, de Obras Públicas y Administración, respectivamente, y señaló que se anexaba un disco compacto con dos grandes carpetas: una de anexos y otra denominada “Base de contratos”.

La entrega fue notificada personalmente el 3 de junio.

Hasta ahí, el Municipio sostuvo que había cumplido.

Pero el contenido de uno de los propios oficios municipales abrió otra interrogante.


No localizaron tres trimestres de 2024

La Secretaría de Administración informó que realizó una búsqueda en sus archivos físicos y digitales. El resultado fue particularmente relevante.

La dependencia señaló que no encontró información que permitiera localizar los archivos del artículo 66, fracción XXVII, correspondientes al primer, segundo y tercer trimestre de 2024.

Por esa razón, la dependencia reportó que únicamente podía entregar:

  • cuarto trimestre de 2024;
  • primer trimestre de 2025;
  • segundo trimestre de 2025;
  • tercer trimestre de 2025;
  • cuarto trimestre de 2025.

El punto merece atención porque la información solicitada estaba relacionada precisamente con contrataciones públicas. No se trata todavía de afirmar que los contratos hayan desaparecido. Lo documentalmente comprobable es más preciso:

La Secretaría de Administración manifestó que no localizó información que permitiera ubicar esos archivos correspondientes a tres trimestres de 2024.

Y esa diferencia es importante. Una cosa es que un documento no exista. Otra, que el área que debería localizarlo no consiga encontrarlo.


La base consolidada tampoco existía como fue solicitada

Otro de los puntos de la respuesta municipal fue la petición de una sola base consolidada para los ejercicios 2024 y 2025. La Secretaría de Administración respondió que la información existente ya había sido proporcionada “en los términos y formatos en los que se genera” y añadió que la información no obraba en sus archivos de la manera en que había sido solicitada.

Esto significa que la Auditoría Ciudadana no recibió necesariamente una sola base que permitiera revisar en conjunto:

contrato, proveedor, monto, procedimiento, área, fechas y demás variables. La consecuencia práctica es importante. Sin una estructura homogénea, comparar cientos de operaciones se vuelve más difícil y obliga a reconstruir la información mediante distintas bases y documentos.


Convenios: Administración dijo que no había

La misma respuesta contiene otro punto que deberá cruzarse con los expedientes de Obra Pública. La Secretaría de Administración sostuvo que no contaba con convenios modificatorios celebrados respecto de los periodos o contratos señalados.

Pero la solicitud también fue turnada a Obras Públicas, área que resguarda los expedientes de obra. Por eso, esta afirmación no debe interpretarse todavía como que ninguna obra municipal tuvo modificaciones. El dato comprobable es únicamente que Administración informó no contar con esos convenios. Precisamente uno de los objetivos de la revisión de los expedientes entregados es determinar:

  • qué obras tuvieron convenios;
  • cuáles cambiaron de monto;
  • cuáles modificaron plazo;
  • qué autoridad autorizó las variaciones;
  • y si todos esos documentos aparecen dentro de los expedientes.

“No contamos con expedientes de obra”

Administración también dejó asentado que no tiene bajo su resguardo los expedientes relativos a contratos de obra pública porque esa documentación corresponde a la dependencia municipal ejecutora de obra.

Esta parte de la respuesta, por sí misma, no constituye irregularidad. Sí sirve para delimitar responsabilidades. Si existen faltantes dentro de un expediente de obra, la revisión deberá dirigirse fundamentalmente al área que tiene atribuida su integración y resguardo.


El Municipio pidió que se declarara cumplida la sentencia

Después de entregar la respuesta, el Ayuntamiento informó al Juzgado que consideraba atendida la sentencia. La Unidad de Transparencia sostuvo que el cumplimiento había sido total y pidió que se declarara concluido el juicio y se archivara el expediente. En otra promoción, la autoridad argumentó que había contestado al solicitante y solicitó que se tuviera acreditado el cumplimiento de la sentencia dictada el 21 de mayo. Pero la historia judicial no terminó ahí.


El solicitante se opuso

El 15 de junio, la representación legal del solicitante presentó una manifestación formal de inconformidad.

Argumentó que la entrega no acreditaba de manera suficiente que se hubiera proporcionado todo lo requerido.

Entre los cuestionamientos planteados estuvieron:

  • falta de un índice detallado;
  • falta de identificación individual de los archivos;
  • ausencia de correspondencia clara entre cada documento y cada punto solicitado;
  • inexistencias u omisiones que, a juicio de la parte quejosa, no estaban suficientemente justificadas;
  • y falta de evidencia para acreditar la entrega íntegra de todos los anexos anunciados.

La parte solicitante pidió al Juzgado que no tuviera por cumplida la sentencia y que se requiriera nuevamente una respuesta verificable, punto por punto.

Hay que hacer aquí una precisión periodística fundamental:

esas observaciones corresponden a los argumentos de la parte quejosa; no deben confundirse con una determinación judicial que haya declarado probadas cada una de ellas.


Un problema más grande que un disco compacto

El expediente 657 deja una pregunta de fondo que va más allá de quién ganó una discusión procesal. Una administración municipal produce diariamente documentación sobre dinero público. Cada contratación debería poder reconstruirse mediante una cadena documental:

necesidad → procedimiento → proveedor → contrato → modificación → ejecución → factura → pago → recepción.

En obra pública, además:

proyecto → contrato → estimación → generadores → bitácora → supervisión → pruebas → entrega → finiquito.

Cuando alguna de esas piezas no puede localizarse, la capacidad ciudadana de comprobar qué ocurrió con el dinero disminuye. Y eso es justamente lo que hace relevante la respuesta del Municipio sobre los tres trimestres de 2024. No porque demuestre por sí sola una irregularidad financiera. Sino porque demuestra un problema documental que debe explicarse.


Los expedientes ahora están bajo revisión

La entrega del Municipio abrió una segunda fase de la Auditoría Ciudadana. Ya no se trata solamente de conseguir documentos. Ahora corresponde verificar si lo recibido coincide entre sí. Los expedientes entregados están siendo revisados individualmente para comparar:

  • contrato original;
  • monto;
  • contratista;
  • procedimiento;
  • convenio modificatorio;
  • estimaciones;
  • avances;
  • facturas;
  • pagos;
  • garantías;
  • bitácoras;
  • finiquito;
  • y estado final de cada obra.

De esa revisión ya pueden surgir investigaciones distintas para cada obra.


Hechos comprobados

El 23 de febrero se presentó la solicitud 034 sobre contratos y obra pública 2024-2025.
El 6 de abril fue admitido el amparo 657/2026.
El 21 de mayo se dictó una sentencia que obligó a responder de forma congruente, completa y rápida.
El 2 de junio el Municipio emitió el oficio UT/687/2026 y anunció la entrega de información y un CD.
Administración informó que no localizó los archivos de contrataciones correspondientes al 1T, 2T y 3T de 2024.
La autoridad sostuvo posteriormente que había cumplido la sentencia.
La parte solicitante se opuso y sostuvo que persistían faltantes y problemas de verificabilidad.


Pregunta abierta

La pregunta ya no es solamente si Tequisquiapan respondió.

La pregunta es:

¿los archivos entregados permiten reconstruir completamente los contratos y las obras que fueron pagadas con dinero público?

Esa respuesta saldrá de los expedientes.

Y ahí es donde apenas comienza la parte más importante de esta investigación.

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