El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) confirmó triunfo de Miguel Martínez Peñaloza.
El juicio promovido por el Partido Revolucionario Institucional PRI sostuvo que los servidores públicos de la actual administración del municipio influyeron en el sentido del voto de la ciudadanía y que los gastos de campaña no eran congruentes con lo reportado ante el Instituto Electoral INE.
Cabe destacar que el TEEQ declaró inoperantes los agravios toda vez que no se acreditaron las circunstancias de tiempo, modo y lugar pues las fotografías que aportó eran insuficientes para ello, además, de que diversos funcionarios habían solicitado licencia sin goce de sueldo.
Tampoco se acredito que los datos reportados por el sistema integral de fiscalización sean falsos, puesto que la prueba técnica resulto ineficaz.
Luego, respecto al planteamiento de que la candidatura ganadora realizó un gasto excesivo en propaganda, el cual no reportó a la autoridad administrativa electoral, en el que también solicitó que el tribunal responsable requiriera a la autoridad administrativa para saber si esos gastos fueron reportados, dicho órgano de justicia electoral local calificó también como inoperante su alegación, pues a decir de éste, el PRI únicamente aportó fotografías para acreditar los gastos supuestamente no reportados, mismas que eran insuficientes para ello, aunado a que no se advirtieron indicios suficientes para que requirieran elementos adicionales. Además de que, en todo caso, sería el Consejo General del INE quien, en su momento, se pronunciaría al respecto.
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Tampoco se acredito que los datos reportados por el sistema integral de fiscalización sean falsos, puesto que la prueba técnica resulto ineficaz.
Luego, respecto al planteamiento de que la candidatura ganadora realizó un gasto excesivo en propaganda, el cual no reportó a la autoridad administrativa electoral, en el que también solicitó que el tribunal responsable requiriera a la autoridad administrativa para saber si esos gastos fueron reportados, dicho órgano de justicia electoral local calificó también como inoperante su alegación, pues a decir de éste, el PRI únicamente aportó fotografías para acreditar los gastos supuestamente no reportados, mismas que eran insuficientes para ello, aunado a que no se advirtieron indicios suficientes para que requirieran elementos adicionales. Además de que, en todo caso, sería el Consejo General del INE quien, en su momento, se pronunciaría al respecto.
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