Obra en San Nicolás subió $400 mil; ASF no localizó garantía

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TEQUISQUIAPAN, Qro.— La calle está ahí. También el empedrado, las banquetas, los registros de drenaje y los topes. Voz y Testimonio recorrió cerca de 600 metros de la vialidad, georreferenció registros de la CEA y documentó zonas donde, después de la lluvia, el agua permanecía acumulada sobre la superficie.

Lo que todavía no aparece con la misma claridad es otra cosa:

¿qué trabajos explican los 400 mil pesos adicionales que terminó costando esta obra?

La rehabilitación de la calle Insurgentes, en la comunidad de San Nicolás, pasó de un contrato original por 1 millón 946 mil 331 pesos con 90 centavos a un monto final reportado de 2 millones 346 mil 331 pesos con 90 centavos.

Es decir:

$400,000 más.

Un incremento de:

20.55%.

El aumento, por sí mismo, no demuestra una irregularidad. Los contratos de obra pública pueden modificarse cuando existe una justificación técnica, presupuestal y jurídica.

Pero en este caso apareció un segundo elemento.

La Auditoría Superior de la Federación revisó esta obra dentro de la Auditoría 1610 de la Cuenta Pública 2024 y detectó que el expediente no contaba con la ampliación de garantías del convenio modificatorio. El propio Municipio informó posteriormente que dicha ampliación no fue localizada y presentó como acción correctiva el inicio de una investigación bajo el expediente SOIC/SBI/CIPRA/044/2026.

Así, la pregunta ya no es solamente cuánto costó la calle.

La pregunta es:

¿qué cambió en la obra para incrementar su costo en exactamente 400 mil pesos y dónde está toda la documentación que debía respaldar esa modificación?

De $1.94 millones a $2.34 millones

El expediente municipal consultado por Voz y Testimonio registra como monto original:

$1,946,331.90.

Los registros posteriores de ejercicio del gasto colocan el costo final en:

$2,346,331.90.

La propia ASF incorporó la rehabilitación de la calle Insurgentes en San Nicolás dentro de sus procesos fiscalizados por 2 millones 346.3 mil pesos.

La diferencia entre el monto original y el final es exacta:

$400,000.00.

No estamos afirmando que esos recursos hayan sido desviados.

Lo que aún falta identificar es qué conceptos extraordinarios, adicionales o modificaciones al proyecto generaron ese incremento.

Dos convenios, pero la explicación económica sigue pendiente

En las bases municipales de transparencia revisadas durante esta investigación aparecen dos instrumentos relacionados con este contrato:

  • convenio 14.01, fechado el 11 de junio de 2024;
  • convenio 14.02, fechado el 8 de agosto de 2024.

Los registros los describen como ampliaciones de plazo.

Esto genera una pregunta sencilla:

si los convenios publicados modificaron el plazo, ¿qué documento modificó el monto económico y justificó los $400 mil adicionales?

Para responderlo necesitamos todavía el convenio íntegro, el catálogo modificado, los generadores de obra, estimaciones y presupuesto actualizado.

ASF: la garantía adicional no apareció

Aquí sí existe un hecho documental particularmente relevante.

En el Resultado 5 de la Auditoría 1610, la ASF señaló que el contrato relacionado con la rehabilitación de la calle Insurgentes “no contó con la ampliación de garantías del convenio” establecida en la cláusula segunda del instrumento modificatorio.

Durante la auditoría, Tequisquiapan respondió que no fue localizada la ampliación de las garantías y entregó el acuerdo de inicio de investigación:

SOIC/SBI/CIPRA/044/2026.

Con la apertura de esa carpeta, la ASF dio por solventada esa observación administrativa específica.

Esto debe entenderse correctamente.

Que la observación haya sido solventada mediante la apertura de una investigación no significa que la garantía haya aparecido.

Significa que el Municipio acreditó haber iniciado un procedimiento para investigar por qué no fue localizada.

Hasta el número del contrato cambia dentro de la auditoría

La revisión también encontró una inconsistencia de nomenclatura que merece ser aclarada.

En la tabla de procesos fiscalizados, la ASF identifica inicialmente la obra como:

MTQ/SDUVOP/FAISMUN2024/IR/2024/14.

Sin embargo, unas páginas después, al narrar la respuesta del Municipio, aparece como:

MTQ/SDUVOP/FAISMUN2024/AD/2024/14.

La documentación municipal que hemos revisado utiliza la segunda nomenclatura, correspondiente a AD/2024/14.

Podría tratarse simplemente de un error de captura dentro del informe federal, pero debe aclararse porque se trata del identificador básico del expediente contractual.

Voz y Testimonio fue a revisar físicamente la calle

La investigación no se quedó en los documentos.

El 25 de agosto de 2026, Voz y Testimonio realizó un recorrido físico por el tramo identificado en San Nicolás.

La medición aproximada realizada durante el levantamiento arrojó:

570.99 metros.

El punto inicial documentado fue aproximadamente:

20.474922, -99.938919

y el extremo final:

20.476083, -99.933278.

La separación aproximada entre ambos extremos es del orden de 600 metros, consistente de manera general con la medición realizada en campo.

Estas medidas no sustituyen un levantamiento topográfico profesional, pero constituyen una referencia periodística independiente que podremos comparar contra los generadores y metas contractuales cuando logremos recuperarlos.

Una calle con comportamientos distintos

Durante el recorrido se documentaron varios registros de la Comisión Estatal de Aguas, algunos ubicados prácticamente al centro de la vialidad.

Las fotografías muestran que no todo el tramo presenta las mismas condiciones.

Hay sectores donde el empedrado se observa relativamente uniforme y sin acumulaciones importantes junto a los registros. Por ejemplo, uno de los registros documentados aparece integrado mediante una losa de concreto a una superficie continua.

En otros sectores, en cambio, se observaron:

  • acumulaciones de agua;
  • lodo y sedimentos;
  • interrupciones o rebajes de guarnición;
  • banquetas con diferentes dimensiones;
  • topes atravesando la vialidad;
  • zonas laterales de menor elevación.

La existencia de charcos después de una lluvia no demuestra por sí sola una mala ejecución.

Pero la repetición del fenómeno en distintos puntos sí justifica revisar el proyecto de pendientes y escurrimientos.

Banquetas y guarniciones: las dimensiones no son uniformes

Durante el levantamiento se realizaron algunas mediciones puntuales.

En uno de los sectores se obtuvo aproximadamente:

8.29 metros desde una guarnición hasta el paramento de una vivienda.

En ese mismo entorno, una banqueta midió aproximadamente:

1.19 metros.

También se registró una altura de guarnición cercana a:

14.5 centímetros.

En diferentes zonas se observó que la banqueta cambia de dimensión y existen interrupciones de guarnición que podrían funcionar como salidas superficiales de agua.

La función exacta de esas interrupciones no puede determinarse únicamente con una fotografía.

Pueden corresponder a:

  • accesos;
  • salidas de escurrimiento;
  • modificaciones posteriores;
  • o elementos inconclusos.

Para determinarlo se necesita el plano de proyecto y catálogo de conceptos.

Registros, agua y una pregunta sobre las pendientes

El recorrido permitió georreferenciar numerosos registros de la CEA.

En algunos puntos el agua permanecía acumulada a lo largo del borde de la vialidad mientras existían terrenos laterales visiblemente más bajos.

En otros, los registros estaban secos y el empedrado presentaba mejor comportamiento.

Este contraste es importante.

No permite afirmar que todo el sistema de drenaje sea deficiente.

Sí plantea una pregunta técnica:

¿las pendientes longitudinales y transversales construidas corresponden a las previstas en el proyecto ejecutivo?

Y otra:

¿los topes y rebajes de guarnición fueron considerados dentro del diseño hidráulico de la calle o fueron incorporados posteriormente?

Un registro que habitantes señalan como modificado

En uno de los primeros puntos del recorrido, habitantes de la zona señalaron que un registro habría sido sustituido debido a una ampliación posterior de drenaje.

Ese testimonio todavía no está corroborado documentalmente.

Por ello no puede utilizarse para atribuir las condiciones actuales de ese punto exclusivamente a la rehabilitación de 2024.

De hecho, esta posibilidad obliga a ser todavía más cuidadosos:

si después de la obra se ejecutaron intervenciones adicionales de drenaje, cualquier alteración actual deberá separarse de los trabajos originalmente contratados.

El nombre de la calle también requiere aclaración

Existe otra dificultad de trazabilidad.

El expediente público identifica la obra como:

“Rehabilitación de calle Insurgentes en la localidad de San Nicolás”.

Así la describe también la ASF.

Sin embargo, algunas referencias cartográficas utilizadas durante el recorrido identifican sectores del tramo como Calle del Ferrocarril.

Esto podría responder a:

  • nomenclaturas distintas;
  • prolongaciones;
  • cambios de nombre;
  • errores de Google Maps;
  • o a que una parte del levantamiento corresponda a un tramo contiguo.

Por eso será indispensable conseguir el croquis oficial de la obra antes de afirmar que cada uno de los aproximadamente 571 metros levantados corresponde íntegramente al contrato 14.

La ASF no cuestionó la existencia de esta obra

Este punto también debe quedar claro.

La Auditoría 1610 sí cuestionó severamente otras dos obras de Tequisquiapan —el alumbrado de la carretera federal 120 y el parque recreativo de La Magdalena— por falta de evidencia fotográfica suficiente, generando un pliego conjunto por $8,637,720.08.

En el caso de San Nicolás, la observación específica fue diferente:

la ampliación de la garantía del convenio modificatorio no fue localizada.

La ASF no concluyó en ese resultado que la rehabilitación de calle Insurgentes fuera inexistente.

Y nuestro propio recorrido confirma que existe una intervención física considerable sobre el tramo inspeccionado.

El asunto pendiente es otro:

si las cantidades construidas, las modificaciones y el costo final coinciden con lo autorizado y pagado.

Los $400 mil siguen esperando explicación documental

Después del recorrido, el hallazgo central del reportaje no desaparece.

Al contrario: queda mejor definido.

Tenemos una obra físicamente existente.

Tenemos un contrato que pasó de:

$1,946,331.90

a:

$2,346,331.90.

Tenemos un incremento de:

$400,000.

Tenemos convenios modificatorios.

Y tenemos una auditoría federal que dejó asentado que la ampliación de garantías correspondiente a esa modificación no pudo ser localizada.

Lo que todavía no tenemos es el documento que permita responder con precisión:

¿En qué se gastaron los $400 mil adicionales?

Para cerrar esa pregunta necesitamos:

  • convenio modificatorio completo;
  • dictamen técnico justificativo;
  • presupuesto modificado;
  • catálogo de conceptos original y modificado;
  • precios unitarios;
  • números generadores;
  • estimaciones;
  • bitácora de obra;
  • acta de entrega-recepción;
  • finiquito;
  • CFDI;
  • comprobantes de pago;
  • ampliación de garantía o constancia de su inexistencia.

Lo comprobado, lo observado y lo que falta

Hechos comprobados

El contrato original asciende a $1,946,331.90.

El monto final reportado asciende a $2,346,331.90.

La diferencia es de $400 mil, equivalente a 20.55%.

La ASF revisó la obra por aproximadamente $2.346 millones.

La ASF señaló que no se localizó la ampliación de garantías del convenio modificatorio y el Municipio abrió el expediente SOIC/SBI/CIPRA/044/2026.

Hallazgos de campo

Voz y Testimonio realizó un recorrido físico de aproximadamente 571 metros.

Se documentaron registros de la CEA, guarniciones, banquetas, topes, cruces y distintas condiciones del empedrado.

En varios puntos se observaron agua, lodo y sedimentos; en otros, la superficie presenta mejores condiciones.

Hipótesis pendientes de comprobar

Que alguna deficiencia de pendientes sea atribuible a la ejecución de 2024.

Que los rebajes de guarnición sean parte del diseño original.

Que los registros observados hayan sido incluidos en el mismo contrato.

Que los topes formen parte de la rehabilitación.

Que alguna intervención de drenaje posterior haya modificado el tramo.

Pregunta principal

Después de revisar documentos federales, bases municipales y recorrer físicamente la calle, la investigación vuelve al punto esencial:

¿qué trabajo adicional se ejecutó para justificar exactamente $400 mil más y dónde está la documentación completa que lo demuestra?

Hasta ahora, esa respuesta sigue pendiente.


Trazabilidad documental

Obra: Rehabilitación de calle Insurgentes, San Nicolás.
Ejercicio: 2024.
Fuente: FAISMUN.
Contrato municipal identificado: MTQ/SDUVOP/FAISMUN2024/AD/2024/14.
Monto original: $1,946,331.90.
Monto final reportado: $2,346,331.90.
Incremento: $400,000 / 20.55%.
Fiscalización: ASF, Auditoría 1610, Cuenta Pública 2024.
Seguimiento administrativo: SOIC/SBI/CIPRA/044/2026.
Verificación de campo: Voz y Testimonio, 25 de agosto de 2026.
Longitud aproximada levantada: 570.99 metros.

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