Santa Fe reportó avances con una renuncia

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equisquiapan utilizó el archivo de renuncia al anticipo como soporte del avance físico, del avance financiero y de la factura de una obra de casi $2.5 millones financiada con recursos federales y municipales.

El drenaje sanitario de Santa Fe fue contratado mediante invitación restringida a Materiales y Maquinaria Fernandos, S.A. de C.V., por un total de:

  • $2,150,250.54 sin IVA.
  • $2,494,290.63 con IVA.
  • Plazo contractual de 70 días.
  • Recursos FAISMUN y PROAGUA.

El problema más visible no está únicamente en lo que falta. Está en lo que el Municipio colocó como respuesta.

En los formatos trimestrales, el mismo archivo denominado “FACT. RENUNCIA A ANTICIPO.pdf” fue utilizado para vincular tres rubros distintos:

  • Avance físico.
  • Avance financiero.
  • Factura.

Una renuncia al anticipo puede demostrar que el contratista decidió no recibir dinero anticipadamente. No demuestra cuántos metros de tubería se colocaron, cuánto recurso se había devengado ni cuál fue la factura correspondiente a trabajos efectivamente ejecutados.

Cómo debió informarse

El avance físico requería reportes de supervisión, generadores, cantidades ejecutadas, fotografías y porcentaje de meta alcanzada.

El avance financiero debía mostrar estimaciones, importe devengado, amortizaciones, deducciones, CFDI y pagos.

La factura debía identificarse con folio, UUID, fecha, importe y concepto.

Los tres rubros responden a preguntas diferentes. Usar un solo documento para contestarlos convierte la plataforma de transparencia en un juego de espejos: se pulsa tres veces y aparece siempre el mismo papel.

Obligaciones reforzadas por PROAGUA

Por utilizar recursos PROAGUA, el expediente también debía permitir localizar:

  • Anexos de ejecución y técnicos.
  • Monto aportado por cada fuente.
  • Cuenta bancaria productiva, específica y exclusiva.
  • Informes mensuales físico-financieros.
  • Cierre del ejercicio.
  • Metas alcanzadas y conciliación del gasto.
  • Documentación comprobatoria de las erogaciones.

Las reglas federales de PROAGUA 2025 obligan al ejecutor a administrar los recursos en cuentas específicas, custodiar la comprobación, informar avances durante los primeros días de cada mes y presentar el cierre correspondiente.

Nada de esto permite afirmar que la obra no se ejecutó. Sí permite sostener que el documento enlazado como avance no acredita un avance y que la respuesta entregada no reconstruye toda la ruta federal del recurso.

Preguntas abiertas

  1. ¿Dónde están los reportes mensuales físico-financieros?
  2. ¿Cuál fue el porcentaje real de avance en cada corte?
  3. ¿Dónde están las estimaciones y generadores?
  4. ¿Cuál fue la cuenta específica de PROAGUA?
  5. ¿Dónde está el cierre conciliado con CONAGUA?
  6. ¿Por qué una renuncia al anticipo fue utilizada como factura?

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