del tránsito municipal y que el gobierno no quiso documentar
Colón, Qro.- El servicio de grúa municipal es uno de los negocios más rentables y menos transparentes que orbitan alrededor de las corporaciones de tránsito en México. Cuando un vehículo es arrastrado por orden de un agente de tránsito —por obstrucción vial, por accidente, por conducir en estado de ebriedad, por falta de documentos u otras causas— el proceso involucra a una empresa de grúas que generalmente tiene un convenio con el municipio, cobra al propietario del vehículo para recuperarlo y en algunos casos también genera ingresos para el municipio a través del corralón. Cuando ese proceso no es transparente —cuando los convenios con las empresas de grúas no son públicos, cuando no existe un registro de los arrastres realizados con motivo y costo documentados— el sistema de grúas se convierte en uno de los espacios más susceptibles de extorsión y cobros arbitrarios en toda la función de tránsito municipal.
El ciudadano al que se le arrastra el vehículo está en una posición de extrema vulnerabilidad: necesita recuperarlo, generalmente con urgencia, y los costos que se le cobran —arrastre, almacenaje, multa— son determinados por quien tiene el vehículo. Sin un registro público de cuánto cobra cada empresa, bajo qué motivos se autorizan los arrastres y cuántos se realizan, no hay manera de que el ciudadano sepa si lo que le están cobrando corresponde a lo que el convenio establece o si está siendo víctima de un cobro inflado.
En abril de 2026, como parte de la auditoría ciudadana que Voz y Testimonio realiza al municipio de Colón, Querétaro, se presentó la solicitud OAAZ-COLÓN-2026-05-072, que pide el registro completo de servicios de grúa autorizados por la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal durante el ejercicio 2025.
¿Qué se pidió?
La solicitud fue directa y técnicamente precisa. Se pidió una base de datos en Excel o CSV con cuatro campos por cada servicio de grúa realizado durante 2025: la empresa que realizó el arrastre con su razón social, el motivo del arrastre conforme a la clasificación que utiliza la propia corporación de tránsito, la fecha en que se realizó el servicio y el costo cobrado al propietario del vehículo. Como documentación complementaria se solicitaron los convenios vigentes entre el municipio y las empresas de grúas autorizadas — los documentos que establecen las tarifas, las condiciones de operación, los derechos y obligaciones de cada parte y el mecanismo de supervisión que el municipio aplica sobre el servicio.
Esos cuatro campos más los convenios son el mínimo documental para una auditoría real del servicio de grúas: permiten saber cuántos arrastres se realizaron durante el año, si una sola empresa concentra la mayoría del negocio, si los motivos de arrastre corresponden a infracciones reales o si hay arrastres por motivos que sugieren criterios arbitrarios, si los costos cobrados son uniformes o varían de caso a caso sin justificación, y si los convenios establecen tarifas claras que el ciudadano pueda conocer antes de que su vehículo sea arrastrado.
La solicitud incluyó la cláusula estándar de inexistencia: si no hay registro formal de los servicios de grúa o si no existe convenio con empresa alguna, el municipio debe decirlo por escrito con fundamento legal.
El municipio de Colón no respondió.
Con este vigésimo tercer silencio consecutivo sobre la corporación policial de Colón, la auditoría ciudadana cierra el ciclo de solicitudes sobre la función de tránsito municipal con la misma respuesta que ha recibido en las veintidós solicitudes anteriores sobre la misma Secretaría: ninguna.
El silencio sobre los servicios de grúa es, en términos de impacto ciudadano inmediato, uno de los más directamente vinculados a la experiencia cotidiana de quienes han tenido contacto con el tránsito municipal de Colón. Quien ha tenido su vehículo arrastrado sabe que en ese momento el costo que le van a cobrar es prácticamente no negociable: el vehículo está retenido, la urgencia es real y la información sobre qué dice el convenio raramente está disponible en ese momento. La transparencia sobre los convenios y el registro de arrastres es precisamente lo que permitiría a ese ciudadano verificar si el cobro que le hicieron corresponde a lo que el municipio tiene establecido.
Sin esa información, el servicio de grúas de Colón opera en las mismas condiciones que el resto de la corporación de tránsito: con plena discrecionalidad, sin registro verificable y sin posibilidad de que nadie fuera del gobierno pueda auditar si los cobros son justos, si las empresas autorizadas cumplen los convenios o si el sistema de arrastres responde a criterios viales o a criterios de negocio.
Veintitrés solicitudes. Veintitrés silencios. La corporación policial de Colón sigue siendo, para efectos de transparencia ciudadana, una caja completamente cerrada.
Solicitud: OAAZ-COLÓN-2026-05-072 · Municipio de Colón, Qro. · Abril 2026












