Comerciantes temen cobros de 10 UMA en Tequisquiapan

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Tequisquiapan, Qro.— Una hoja utilizada para registrar a quienes depositan residuos en el contenedor del Mercado Guadalupano encendió la preocupación entre comerciantes de Tequisquiapan, quienes temen que el Ayuntamiento esté preparando el terreno para comenzar a cobrarles por la recolección y disposición de su basura.

El documento fue enviado a la redacción de Voz y Testimonio como parte de una denuncia ciudadana. En el encabezado puede leerse: “Depósito de residuos sólidos en contenedor de Mercado Guadalupano. Registro de usuarios externos”.

La tabla solicita información como fecha, nombre del usuario, giro comercial, procedencia, domicilio, si cuenta o no con convenio, cantidad de kilogramos depositados, hora, teléfono y firma.

Los registros visibles incluyen distintos giros y cantidades de basura, desde algunos kilogramos hasta cargas de varias decenas de kilos. Precisamente esa medición ha generado inquietud: los denunciantes consideran que el Ayuntamiento podría estar elaborando un padrón para determinar posteriormente cuánto deberá pagar cada establecimiento.

La hoja no anuncia el cobro, pero sí mide quién deposita y cuánto

Es importante precisar que el documento, por sí solo, no establece una tarifa ni contiene una orden formal de pago. Tampoco demuestra que el cobro ya haya comenzado.

Sin embargo, la solicitud de peso, giro, domicilio y existencia de convenio permite inferir que el gobierno municipal está identificando a los generadores y cuantificando los residuos depositados en el contenedor del mercado.

Por ello, antes de exigir cualquier cantidad, el Ayuntamiento debe explicar públicamente:

  • Qué dependencia ordenó levantar el registro.
  • Cuál es la finalidad del padrón.
  • Quiénes son considerados “usuarios externos”.
  • Si los locatarios del mercado quedarán sujetos al cobro.
  • Cómo se pesarán los residuos y quién certificará las cantidades.
  • Qué tarifa será aplicada y bajo qué procedimiento.
  • Si se entregarán contratos, recibos fiscales y comprobantes oficiales.

La transparencia resulta indispensable porque una simple firma en una hoja de registro no puede convertirse automáticamente en la aceptación de una deuda, contrato o tarifa que no haya sido informada previamente.

¿Es legal cobrar por recoger basura comercial?

El cobro por la recolección de residuos generados por comercios no es ilegal por sí mismo ni es exclusivo de Tequisquiapan. La Constitución mexicana asigna a los municipios las funciones de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos. La legislación federal también reconoce que los municipios tienen a su cargo el manejo integral de los residuos sólidos urbanos.

En Querétaro, la Ley Orgánica Municipal y la legislación estatal en materia de residuos facultan a los ayuntamientos para organizar y operar el servicio de limpia y aseo público.

Además, otros municipios aplican tarifas a establecimientos comerciales. En el municipio de Querétaro, por ejemplo, los negocios pueden contratar el servicio municipal o acreditar un servicio particular autorizado; las tarifas se calculan conforme a la frecuencia de recolección y al volumen generado.

La diferencia está en cómo se establece y cómo se cobra. Para que un derecho municipal sea exigible debe encontrarse previsto en una ley de ingresos vigente, contar con una tarifa determinada y ser cobrado mediante procedimientos oficiales, no a través de acuerdos verbales, listas improvisadas o cantidades discrecionales.

Tequisquiapan ya contempló el cobro en su Ley de Ingresos 2026

La investigación realizada por Voz y Testimonio encontró que la iniciativa de Ley de Ingresos de Tequisquiapan para 2026 incluyó dos conceptos directamente relacionados con estos residuos:

Por depositar residuos sólidos urbanos no peligrosos en el relleno sanitario municipal, se estableció una tarifa de 3 a 10 UMA por tonelada, cobrando proporcionalmente las fracciones.

Para la recolección domiciliaria de residuos sólidos urbanos no peligrosos, se contempló una tarifa de 4.5 a 10 UMA por tonelada o fracción. La Ley de Ingresos de Tequisquiapan para 2026 aparece incluida en la edición del 25 de diciembre de 2025 del Periódico Oficial del Estado.

Con la UMA diaria de 2026 fijada en 117.31 pesos, el rango de 4.5 a 10 UMA equivale aproximadamente a entre 527.90 y 1,173.10 pesos, dependiendo del concepto, volumen y criterio aplicable.

Esto significa que el posible cobro no parece ser una ocurrencia inventada apenas después de repartir la hoja. Existe una base recaudatoria incorporada al ordenamiento fiscal municipal. Lo cuestionable será determinar si la autoridad está aplicando correctamente esa disposición, a quién pretende cobrarle, con qué periodicidad y bajo qué método de medición.

El problema no es únicamente cobrar, sino hacerlo sin explicar

Los comerciantes denunciantes consideran que una nueva carga económica podría perjudicar a negocios que ya enfrentan gastos de renta, licencias, permisos, electricidad, agua, salarios, impuestos y mantenimiento.

La preocupación adquiere mayor peso por tratarse de Tequisquiapan, cuya economía depende de manera importante del turismo, los restaurantes, los mercados, las artesanías y los pequeños establecimientos. La promoción oficial del destino destaca precisamente su oferta gastronómica, sus mercados, comercios y servicios turísticos.

Cobrar por un servicio especial de recolección puede tener fundamento ambiental y fiscal. Lo que no sería aceptable es aplicar una tarifa sin socialización, sin reglas claras, sin distinguir entre pequeños y grandes generadores o sin demostrar que el servicio realmente se presta con la frecuencia y calidad comprometidas.

Tampoco sería razonable que un pequeño comerciante que produce unos cuantos kilogramos pagara bajo el mismo criterio que un hotel, restaurante de gran capacidad o establecimiento que genera cientos de kilos.

El Ayuntamiento debe responder

Voz y Testimonio plantea públicamente las siguientes preguntas al gobierno municipal:

¿El registro del Mercado Guadalupano será utilizado para comenzar a cobrar por kilogramo o tonelada de basura?

¿La medida se aplicará a locatarios, comerciantes externos o a ambos?

¿Qué oficina pesará los residuos y con qué instrumento certificado?

¿Cómo se determinará una tarifa dentro de un rango tan amplio como 4.5 a 10 UMA?

¿Los usuarios podrán contratar a una empresa particular autorizada?

¿Qué mejoras recibirá el servicio a cambio del pago?

La administración municipal tiene derecho a aplicar los conceptos aprobados en su Ley de Ingresos, pero también tiene la obligación de informar, justificar, documentar y cobrar con proporcionalidad.

Por ahora, la hoja confirma que alguien está registrando nombres, giros y kilos de basura en el Mercado Guadalupano. Lo que todavía falta es la explicación oficial. Y tratándose del bolsillo de los comerciantes, el silencio del Ayuntamiento pesa más que las bolsas depositadas en el contenedor.

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